Asuntos de familia y herencias:
con acompañamiento humano y respaldo legal.
En ARO Abogados lo acompañamos con claridad y respeto en uno de los momentos más difíciles de la vida, incluido un compañamiento psicológico .
Consulta estratégica
$200.000 COP
Analizamos su caso y le trazamos la ruta jurídica más efectiva.
Se descuenta de los honorarios si decide que llevemos su caso.
25 años
Alimentos se extienden
si el hijo estudia
15 %
Ganancia ocasional
sobre herencia (DIAN 2026)
2–6 m
Sucesión notarial
de acuerdo entre herederos
Ley 2388
Familia de crianza
Colombia 2024
Familia y sucesiones, asesoría para cada situación
El Derecho de Familia abarca situaciones que afectan a personas en momentos especialmente difíciles. ARO Abogados lo acompaña con claridad, respeto y estrategia jurídica.
Separación o divorcio
Ya sea de común acuerdo (ante notaría) o con conflicto (ante juez de familia), lo acompañamos en el proceso con sus hijos, bienes y derechos protegidos.
No le cumplen la cuota alimentaria
El incumplimiento genera embargos, reportes en centrales de riesgo, restricción para salir del país y hasta proceso penal por inasistencia alimentaria (Art. 233 Código Penal).
Custodia y cuidado personal
La custodia se define siempre bajo el principio del interés superior del niño. Podemos representarle en procesos de asignación, modificación o regulación de visitas.
Patria potestad
La administración conjunta de los derechos de los hijos puede ser reconocida, suspendida o privada por decisión judicial según las circunstancias del caso.
Familia de crianza — Ley 2388 de 2024
La nueva ley reconoce los vínculos afectivos de crianza con efectos jurídicos. Si usted crió a un menor sin ser su padre o madre biológica, puede tener derechos y obligaciones reconocibles ante la ley.
Conciliaciones en materia de familia
La conciliación ante el Defensor de Familia o centro autorizado es el primer paso obligatorio en muchos conflictos familiares. Lo preparamos y representamos en esta etapa para obtener el mejor acuerdo.
Murió un familiar y hay bienes que repartir
Sin el proceso sucesoral correcto, los herederos no pueden disponer legalmente de los bienes del fallecido. Lo acompañamos desde el inicio hasta la adjudicación e inscripción.
Hay conflicto entre herederos
Cuando no hay acuerdo sobre la distribución, el proceso debe adelantarse ante el Juzgado de Familia. Lo representamos en todas las etapas del proceso judicial.
Unión marital de hecho y derechos sucesorales
El compañero o compañera permanente tiene los mismos derechos sucesorales que el cónyuge tras 2 años de convivencia, pero debe acreditarse la unión ante notaría o juez.
Deudas del causante y beneficio de inventario
Al aceptar una herencia con beneficio de inventario, los herederos responden por las deudas del fallecido solo hasta el monto de los bienes recibidos. Le explicamos cuándo conviene.
Bienes inmuebles sin escriturar a su nombre
Si habita o posee un bien que no está a su nombre por muerte del titular, necesita tramitar la sucesión para tener el título legal de propiedad y poder vender, hipotecar o heredar.
Servicios en Derecho de Familia y Sucesiones
Acompañamiento jurídico integral en los procesos que más afectan a las familias colombianas, con conocimiento actualizado de la normativa vigente.
Conciliaciones en materia de familia
Representación y asesoría en conciliaciones ante el Defensor de Familia del ICBF, comisarías de familia y centros de conciliación autorizados. La conciliación es el mecanismo más efectivo y rápido para llegar a acuerdos en alimentos, custodia y visitas.
Fijación y cobro de cuota alimentaria
Representación en procesos de fijación inicial de alimentos, aumento de cuota, y procesos ejecutivos cuando el obligado no cumple. La cuota cubre alimentos, salud, educación, vestuario, recreación y vivienda del menor.
Custodia, cuidado personal y visitas
Representación en procesos de asignación de custodia, regulación del régimen de visitas del padre o madre no custodio, y modificación de acuerdos previos cuando cambian las circunstancias del menor o los padres.
Patria potestad — reconocimiento y privación
Asesoría y representación en procesos de reconocimiento, suspensión o privación de la patria potestad. También en procesos de impugnación o reconocimiento de paternidad cuando hay dudas sobre el vínculo biológico.
Divorcio de mutuo acuerdo o contencioso
Divorcio notarial (de mutuo acuerdo) o divorcio judicial cuando hay conflicto.
Sucesión de mutuo acuerdo o contencioso
Representación en procesos sucesorales ante: Notaria cuando todos los herederos están de acuerdo y son mayores de edad o por Juzgado cuando hay desacuerdo entre herederos, herederos menores de edad y/o herederos no localizados.
¿Es su caso?
Situaciones en las que ARO Abogados puede ayudarle hoy mismo
Estas son las situaciones más frecuentes con las que llegan las familias colombianas a consultar con ARO Abogados en materia de familia y sucesiones, y, con acompañamiento psicológico.
El otro padre no paga la cuota alimentaria
Lleva meses sin recibir el dinero acordado o fijado por el juez. Hay consecuencias legales graves para quien incumple y rutas concretas para cobrar.
Se separó y no saben cómo quedan los hijos
Necesitan definir con quién viven los hijos, cómo serán las visitas del otro padre y quién asume qué gastos — de forma acordada o por decisión de un juez.
Murió un familiar y hay una casa o cuenta sin repartir
Los bienes del fallecido no pueden venderse, hipotecarse ni transferirse sin el proceso sucesoral. Cuanto más espera, más complicado puede volverse el trámite.
Vive en una casa que no está a su nombre
El inmueble perteneció a un familiar fallecido y no se ha hecho la sucesión. No tiene título de propiedad y no puede vender ni dejarla en herencia a sus propios hijos.
Quiere adoptar un niño o reconocer su paternidad
Los procesos de adopción y reconocimiento de paternidad tienen etapas definidas y requisitos estrictos. Un acompañamiento jurídico adecuado evita demoras innecesarias.
Quiere dejar sus bienes organizados en vida
Una planeación patrimonial adecuada evitan los conflictos más costosos y dolorosos que enfrentan las familias después de una muerte.
Lo que no debe hacer
Errores que complican los procesos de familia y sucesiones
En años de práctica en derecho de familia hemos visto los mismos errores repetirse. Evítelos desde el primer momento.
Firmar acuerdos informales sobre custodia o alimentos
Un acuerdo verbal o por WhatsApp no es ejecutable legalmente. Si el otro padre incumple, no puede obligarlo a cumplir sin un documento con mérito ejecutivo — una conciliación aprobada o una sentencia judicial.
No tramitar la sucesión pensando que “después se hace”
Con el tiempo, los herederos pueden fallecer, los bienes pueden tener problemas de titulación, pueden aparecer deudas del causante o pueden surgir nuevos conflictos entre quienes tenían derecho. El trámite oportuno evita todo esto.
Vender un bien del fallecido sin hacer la sucesión
Un heredero no puede vender un bien de la herencia sin el proceso sucesoral completo. Si lo hace, el negocio es nulo y puede generar responsabilidad penal por los otros herederos afectados.
No declarar a todos los herederos en la sucesión
Un heredero excluido puede solicitar la reapertura del proceso sucesoral hasta 10 años después de la partición, invalidando lo actuado y generando costos y conflictos innecesarios para todos.
Creer que la unión marital de hecho da derechos automáticos
El compañero permanente tiene derechos sucesorales equivalentes al cónyuge, pero solo si la unión marital de hecho está acreditada ante notaría o por declaración judicial. Sin ese reconocimiento, no hereda nada.
No informar a la DIAN en la sucesión
En el proceso sucesoral notarial es obligatorio notificar a la DIAN para verificar posibles deudas fiscales del causante. Sin el paz y salvo de la DIAN, no se puede inscribir la escritura de adjudicación de bienes.
¿Tiene una situación de familia o una herencia que resolver?
Lo escuchamos con respeto, analizamos su caso y le decimos con honestidad qué opciones tiene y cuál es el camino más efectivo para su familia.
📞 302 775 0756 · 319 415 3644 | Lunes a viernes 8:00 am – 8:00 pm
