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¿Puedo distribuir libremente mi patrimonio al morir?

 La libertad del testador y la protección de los herederos en Colombia

En Colombia, toda persona tiene derecho a organizar su patrimonio y decidir cómo desea repartirlo al momento de su fallecimiento. Sin embargo, esta libertad no es absoluta: existen reglas legales que buscan garantizar la protección de ciertos herederos, conocidos como legitimarios, a través de las llamadas asignaciones forzosas.

¿Qué son las asignaciones forzosas?

Son porciones del patrimonio que el testador debe entregar obligatoriamente, incluso si deja un testamento que diga lo contrario. Estas asignaciones garantizan que ciertos beneficiarios no queden desprotegidos y tienen prioridad sobre cualquier otra disposición testamentaria.

Según el Código Civil Colombiano, las asignaciones forzosas son:

  1. 🍼 Los alimentos debidos por ley a ciertas personas (ej. hijos menores, padres en estado de necesidad).
  2. 💍 La porción conyugal, si aplica.
  3. 👨‍👩‍👦 La parte legítima para los legitimarios, que incluye:
    • Los hijos
    • Los ascendientes
    • En algunos casos, los hermanos dependientes

Es decir, antes de que cualquier heredero reciba bienes, deben satisfacerse estas tres asignaciones forzosas.


La libertad del testador: ¿qué dice la Ley 1934 de 2018?

Con la entrada en vigencia de la Ley 1934 de 2018, Colombia dio un paso importante en la modernización del régimen sucesoral.
Antes, existía una figura llamada cuarta de mejoras, que obligaba al testador a entregar una parte específica de su herencia a uno o más descendientes. Esto limitaba su libertad al momento de distribuir su patrimonio.

Hoy, gracias a esta ley, la masa hereditaria se divide en dos partes iguales (50% y 50%):

  • El primer 50% se asigna obligatoriamente a los legitimarios.
  • El otro 50% es de libre disposición, lo que significa que el testador puede dejarlo a quien quiera, sin necesidad de que exista vínculo familiar.

Esto te da la posibilidad de beneficiar, por ejemplo:

✔️ A una persona que te cuidó
✔️ A un amigo o pareja sin vínculo legal
✔️ A una fundación, comunidad religiosa o causa social
✔️ A un nieto, sobrino o familiar no legitimario
✔️ O simplemente a uno de tus hijos en mayor proporción


¿Cómo se calcula el 50% de libre disposición?

Primero, se deben restar del patrimonio bruto las siguientes deducciones legales:

  • 📜 Gastos de publicación del testamento
  • 💳 Deudas hereditarias
  • 💼 Impuestos sobre la herencia
  • 🍽️ Asignaciones alimenticias forzosas
  • 💍 Porción conyugal (si existe)
  • 🏠 Gananciales del cónyuge

El monto restante es el acervo líquido, y sobre ese valor se calcula el 50% que puedes distribuir con libertad.


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🧾 Fuentes:

Sentencia C-641 de 2000 – Corte Constitucional. M.P. Alejandro Martínez Caballero

Ley 1934 de 2018

Código Civil Colombiano